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Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo
Enunciados de la ley
Una ley de plazos y de indicaciones
- • Aborto libre hasta las 14 semanas de gestación.
- • Indicaciones desde el inicio de la gestación hasta la semana 22 de la misma. La mujer podrá interrumpir su embarazo en caso de grave riesgo para su vida o salud, o si el feto sufre graves anomalías. La salud es definida como bienestar físico-psíquico y social.
- • Tras la semana 22 de gestación, si el feto sufre una enfermedad extremadamente grave o incurable, lo decide la mujer bajo la supervisión de un comité clínico, y si es incompatible con la vida solo es necesaria la firma de un/a médico/a.
- • La reforma de febrero de 2023 reconoce a las mujeres de dieciséis y diecisiete años el derecho a decidir libremente y sin tutelas sobre su gestación.
- • Elimina los tres días de reflexión previa a la IVE, así como la información obligatoria para las mujeres que desean ejercer su derecho al aborto.
- • Todos los centros acreditados, públicos, concertados o privados tendrán que ofrecer todos los métodos IVE, instrumentales o farmacológicos, para que la mujer pueda elegir de manera informada el método más acorde con su situación médica y personal.
- • Reconoce a la mujer su derecho a recurrir por vía judicial en el caso de que el Comité clínico no confirmase el diagnóstico.
- • Tras la aprobación del Real Decreto 180/2026, se reconoce el derecho a la atención sanitaria, con cargo a los fondos públicos, para las personas extranjeras en España, sin residencia legal.
La ley también dice que se debe garantizar el acceso universal a la anticoncepción y que la formación sobre sexualidad sea una asignatura obligatoria.